Noticia

25-04-2023  AYUDAS DESTINADAS AL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO

Ayudas destinadas al Programa de Modernización del Comercio

Fondo Tecnológico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea-Next Generation EU-, para el ejercicio 2023

Entidades beneficiarias

Podrán tener la condición de beneficiarias de estas ayudas, siempre que cumplan los requisitos exigidos:

a) En la Línea de ayudas destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial: las empresas del sector del comercio que tengan la consideración de PYME, con arreglo a la definición establecida en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías). La actividad principal del negocio deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE2009).

b) En la Línea de ayudas destinada a asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial: las asociaciones y las entidades asociativas que integren varias asociaciones de comerciantes o las federaciones y confederaciones de las mismas legalmente constituidas, cuya sede social se ubique en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha y, además:

1º. Que tengan entre sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial.

2º. Que agrupen, al menos, al 30 por ciento de socios cuya actividad principal se encuadre dentro de alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009).

Objeto

1. Convocar las ayudas destinadas al Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea-Next Generation EU-, para el ejercicio 2023.

2. La convocatoria se enmarca en el Componente 13 del Plan de Recuperación, denominado “Impulso a la pyme”, en la inversión 4 “Apoyo al Comercio”, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021 y por la Decisión de Ejecución del Consejo, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.

Bases reguladoras.

Orden 246/2022, de 16 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea-Next Generation EU- y se realiza su convocatoria para el año 2022.

Líneas de ayuda y requisitos de los proyectos y de las actuaciones subvencionables.

1. Se establecen dos líneas de ayudas:

a) Línea de ayudas destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial.

b) Línea de ayudas destinada a asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial.

2. Los requisitos de los proyectos y de las actuaciones subvencionables se establecen en el artículo 9 de la orden de bases reguladoras.

Cuantía de la subvención

El importe máximo de ayuda a percibir para ambas líneas por cada entidad beneficiaria será de 60.000 euros

Período subvencionable.

El periodo subvencionable comprende desde la fecha de notificación de la resolución de concesión hasta, como máximo, el 31 de diciembre de 2023, debiéndose concretar en la resolución individual de concesión.

Forma y plazo de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía y se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario normalizado que figura como anexo I, incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

 2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Acceso a la solicitud:

https://www.jccm.es/tramites/1007535

Volver